
TEMA V: MANIOBRAS
MANIOBRAS
Las maniobras son cualquier cambio voluntario que afecta la trayectoria del vehículo. Para realizarlas de forma segura y conforme a la normativa, se deben seguir las siguientes pautas:
1. Procedimiento General para Realizar Maniobras
Toda maniobra debe seguir tres pasos fundamentales:
- Observación: Comprobar que la maniobra puede realizarse de forma segura.
- Señalización: Advertir a los demás conductores con suficiente antelación mediante los indicadores de dirección o señales manuales.
- Ejecución: Realizar la maniobra con precaución y fluidez.
Es recomendable revisar el espejo retrovisor interior cada 5 a 10 segundos para mantener un control constante del tráfico.
2. Uso de los Espejos Retrovisores
- Los espejos obligatorios en un vehículo son:
- Exterior izquierdo.
- Interior.
- En caso de que el espejo interior no proporcione visibilidad adecuada (por ejemplo, al llevar un remolque), será obligatorio el uso del espejo exterior derecho.
- En los ciclomotores, el uso del espejo izquierdo es obligatorio, pero si superan los 100 km/h, deben llevar también el espejo derecho.
- Los espejos exteriores son convexos para ampliar el campo de visión y reducir el ángulo muerto, mientras que el espejo interior es plano.
- Se deben ajustar correctamente para minimizar los ángulos muertos y garantizar una mejor visibilidad.
3. Señalización de Maniobras
- La señalización principal se realiza mediante los intermitentes.
- En caso de fallo de los intermitentes, se debe usar la señalización con el brazo.
- Si un conductor usa ambos métodos a la vez, se debe dar prioridad a la señal realizada con el brazo.
4. Uso del Claxon y las Señales Luminosas
- Uso del claxon:
- Dentro de poblado: Solo se permite su uso para evitar un accidente.
- Fuera de poblado: Se puede utilizar tanto para evitar accidentes como para advertir una maniobra de adelantamiento.
- También está permitido en situaciones de emergencia.
- Uso de destellos o ráfagas de luz:
- Se utilizan para evitar accidentes.
- También pueden emplearse para advertir una maniobra de adelantamiento.
INCORPORACIÓN A LA CIRCULACIÓN
La incorporación a la circulación debe realizarse de manera segura, garantizando la fluidez del tráfico y respetando las normas de prioridad.
1. Procedimiento General para la Incorporación
- La incorporación se realizará cuando sea posible y de forma señalizada mediante los indicadores de dirección.
- Es fundamental asegurarse de que no se obstaculiza la circulación de otros vehículos antes de incorporarse.
2. Incorporación en Autopistas y Autovías
- Se debe utilizar el carril de aceleración para adaptar la velocidad al tráfico de la vía principal.
- Es obligatorio ceder el paso a los vehículos que ya circulan por la autopista o autovía.
- Si es necesario detenerse, debe hacerse al inicio del carril de aceleración, evitando frenar de manera brusca en la zona de incorporación.
3. Incorporación desde un Garaje o Vía Particular
- La salida de un garaje o vía privada debe realizarse a velocidad reducida, permitiendo detenerse en caso de ser necesario.
- Se debe extremar la precaución y ceder el paso a los vehículos y peatones que circulen por la vía.
4. Facilitación de la Incorporación a Otros Vehículos
- Los conductores que circulan por la vía tienen prioridad sobre los vehículos que se incorporan, pero deben facilitar la maniobra en la medida de lo posible.
- En el caso de un autobús que se incorpora dentro de poblado, es obligatorio cederle el paso, incluso deteniéndose si fuera necesario.
DESPLAZAMIENTO LATERAL
El desplazamiento lateral es una maniobra que se realiza, por ejemplo, para cambiar de carril o para mantener una distancia de seguridad adecuada con otros vehículos, obstáculos o peatones.
1. Procedimiento para el Desplazamiento Lateral
- Antes de realizar la maniobra, se debe comprobar que es seguro ejecutarla, observando los espejos retrovisores y el ángulo muerto.
- Es obligatorio señalizar la maniobra con los intermitentes con suficiente antelación y mantener la señalización durante toda la maniobra hasta finalizar el desplazamiento.
ADELANTAMIENTO
El adelantamiento es una maniobra que implica el desplazamiento lateral de un vehículo para sobrepasar a otro que circula en la misma dirección. Para su correcta ejecución, deben cumplirse las siguientes normas:
1. Consideraciones Generales
- Antes de adelantar, es imprescindible realizar un desplazamiento lateral adecuado.
- No se considera adelantamiento cuando, en un atasco, una fila de vehículos avanza más rápido que otra.
- Tampoco se considera adelantamiento cuando un vehículo que circula por un carril de aceleración avanza más rápido que los que circulan por la autovía o autopista.
- Se permite acercarse al vehículo que se va a adelantar, pero sin reducir la distancia de seguridad en exceso, ya que este podría frenar repentinamente.
- El adelantamiento debe estar permitido en la vía y se debe garantizar que haya suficiente espacio para reincorporarse con seguridad.
- No se podrá iniciar la maniobra si el vehículo delantero ha indicado su intención de adelantar o si un vehículo trasero ya ha comenzado a adelantar al nuestro.
2. Normas sobre la Posición y el Sentido del Adelantamiento
- Como norma general, el adelantamiento se realiza por la izquierda.
- Excepcionalmente, se permite adelantar por la derecha en los siguientes casos:
- Cuando el vehículo que va delante está detenido para girar a la izquierda y existe espacio suficiente en la derecha para continuar la marcha.
- Dentro de poblado, donde está permitido adelantar por la derecha.
- A vehículos que circulan sobre raíles, siempre que no representen un riesgo.
3. Distancias y Precauciones en el Adelantamiento
- Al adelantar a ciclistas, se debe mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros, invadiendo el carril contrario si es necesario. Si ambos carriles son en el mismo sentido, se debe cambiar completamente de carril.
- Si se aproxima un vehículo en sentido contrario, es obligatorio esperar antes de adelantar.
- Al adelantar a motocicletas, ciclomotores, vehículos de tracción animal o animales sueltos, es esencial dejar una distancia prudente para evitar sobresaltos o accidentes.
- El vehículo adelantado debe mantener su trayectoria y no aumentar la velocidad durante la maniobra.
4. Situaciones en las que está Prohibido Adelantar
- No se permite adelantar si el vehículo que se encuentra delante ya está adelantando a otro, salvo que la vía disponga de tres carriles en el mismo sentido, en cuyo caso se podrá utilizar el tercero para adelantar.
- Está prohibido adelantar cuando la visibilidad sea reducida y la maniobra implique invadir el sentido contrario.
- No se puede adelantar en pasos a nivel y sus proximidades, salvo cuando se trate de un vehículo de dos ruedas de pequeña dimensión.
- Se prohíbe adelantar en pasos de peatones y sus proximidades, así como en intersecciones con vías ciclistas, salvo que la velocidad sea lo suficientemente reducida como para poder detenerse a tiempo si fuese necesario.
- En túneles, el adelantamiento está prohibido si supone invadir el sentido contrario.
- En intersecciones, no se puede adelantar, excepto en los siguientes casos:
- Cuando el vehículo que va delante señaliza su intención de girar y deja espacio suficiente para adelantar.
- Si se cuenta con prioridad de paso debido a la señalización existente.
- No está permitido adelantar si para ello se debe pisar una línea continua, excepto en los siguientes casos:
- Cuando se adelanten vehículos lentos, como bicicletas, ciclomotores o vehículos de tracción animal.
- Para superar un obstáculo en la vía, como un vehículo averiado.
CAMBIOS DE DIRECCIÓN
El cambio de dirección consiste en girar hacia la derecha o la izquierda para acceder a otra vía, y debe realizarse de manera segura y respetando las normas de prioridad y señalización.
1. Procedimiento para el Cambio de Dirección
- Giro a la derecha:
- El vehículo debe situarse en el carril derecho antes de realizar la maniobra.
- Se debe señalizar con antelación y girar con precaución.
- Giro a la izquierda:
- Si la vía tiene dos o más carriles en el mismo sentido, el giro se realiza desde el carril izquierdo.
- Si la vía es de doble sentido, el vehículo debe situarse en el lado derecho de la calzada, junto a la línea discontinua central.
- Se debe ceder el paso a los vehículos que circulan en sentido contrario antes de girar.
- El giro debe ejecutarse en forma de "L", evitando invadir el centro imaginario de la intersección.
- Si la vía cuenta con dos carriles en el mismo sentido y uno en sentido contrario, el giro debe realizarse desde el carril central.
2. Giros en Raquetas o Glorietas Partidas
- Este tipo de intersecciones están diseñadas para evitar atascos.
- El vehículo debe incorporarse a su carril dentro de la raqueta y ceder el paso a los vehículos que circulan en sentido contrario antes de completar la maniobra.
3. Prohibiciones en los Cambios de Dirección
No está permitido cambiar de dirección a la izquierda en los siguientes casos:
- Cuando no hay visibilidad suficiente, por ejemplo, en condiciones de niebla densa.
- Si lo prohíbe la señalización específica.
- Cuando hay línea continua, lo que indica la prohibición de invadir el sentido contrario de la circulación.
CAMBIO DE SENTIDO
El cambio de sentido es una maniobra que permite invertir la dirección de la marcha y debe realizarse con precaución, garantizando la seguridad y sin interferir en la circulación de otros vehículos.
1. Procedimiento para el Cambio de Sentido
- Debe realizarse en una única maniobra siempre que las condiciones lo permitan.
- Se puede utilizar el arcén para facilitar la maniobra, siempre que sea seguro y esté permitido.
2. Lugares donde está Prohibido el Cambio de Sentido
No está permitido realizar un cambio de sentido en los siguientes casos:
- Cuando no haya visibilidad suficiente, como en zonas con curvas cerradas o condiciones de niebla densa.
- Si lo prohíbe la señalización.
- Dentro de túneles o pasos inferiores.
- En pasos a nivel, debido al riesgo de colisión con trenes.
- En pasos de peatones, para evitar poner en peligro a los viandantes.
- En las aberturas de las medianas, ya que están diseñadas únicamente para el paso de vehículos autorizados o de emergencia.
3. Alternativas para el Cambio de Sentido
- Las glorietas permiten realizar el cambio de sentido de forma segura.
- En raquetas o glorietas partidas, el cambio de sentido puede realizarse de dos formas:
- Utilizando ambas raquetas para invertir la marcha.
- Usando una sola raqueta y girando directamente hacia el carril deseado.
MARCHA ATRÁS
La marcha atrás es una maniobra que debe utilizarse con precaución, ya que puede generar riesgos para otros vehículos y peatones. Está permitida solo en situaciones específicas y de forma controlada.
1. Uso General de la Marcha Atrás
- La marcha atrás no debe usarse como una maniobra principal, sino únicamente como maniobra complementaria para situaciones como aparcar o salir de un aparcamiento.
- La distancia máxima permitida para realizar la marcha atrás es de 15 metros, sin invadir cruces de vías o intersecciones.
2. Excepciones a la Distancia Permitida
- En calles sin salida o vías tan estrechas que no permiten realizar una maniobra de giro para poner el vehículo en posición recta, se puede superar el límite de 15 metros para permitir la maniobra de marcha atrás de forma segura.
- Cuando no haya salida en una vía y la marcha atrás sea la única opción para poder incorporarse a la circulación, es posible invadir un cruce de vías. Esta maniobra debe realizarse de forma controlada, garantizando la seguridad de otros vehículos y peatones.
INMOVILIZACIONES
Las inmovilizaciones de vehículos se dividen en tres categorías principales, según las razones y las circunstancias en las que se producen. Es importante conocer las diferencias para aplicar las normativas adecuadas en cada caso.
1. Detención
- Definición: La detención es la inmovilización del vehículo por razones ajenas a la voluntad del conductor.
- No es un acto voluntario, sino que suele ser el resultado de una emergencia o una situación imprevista (por ejemplo, avería o accidente).
2. Parada
- Definición: La parada es un acto voluntario en el que el conductor decide inmovilizar el vehículo.
- La duración de la parada debe ser inferior a 2 minutos.
- El conductor no puede abandonar el vehículo durante la parada. Si decide salir del vehículo, debe mantener el control y no debe despreocuparse del mismo.
3. Estacionamiento
- Definición: El estacionamiento se refiere a la inmovilización del vehículo cuando este no se encuentra ni en detención ni en parada.
- Se realiza con la intención de dejar el vehículo estacionado en un lugar, generalmente en una zona habilitada para ello, durante un período prolongado.

Líneas amarillas en "V"
Estas marcas viales permiten parar pero no estacionar

Línea discontinua amarilla
Estas marcas viales permiten parar pero no estacionar

Línea continua amarilla
Estas marcas viales no permiten parar ni estacionar